Requisitos para obtener el permiso de estacionamiento en zona S.E.R:
- Acreditar, mediante certificación expedida por el Ayuntamiento, el empadronamiento dentro de la zona afectada por el estacionamiento regulado.
- Acreditar la propiedad del vehículo para el que se solicita el distintivo, presentando el permiso de circulación del mismo. Igualmente, deberá acreditar la domiciliación del vehículo en la zona afectada por el estacionamiento regulado.
- Acreditar estar al corriente en el pago del Impuesto Sobre Vehículos de Tracción Mecánica [IVTM] en el Municipio de Majadahonda.
Podrán obtener así mismo el permiso de estacionamiento en zona S.E.R:
- Las personas físicas que figuren empadronadas dentro del área de aplicación previsto en la Ordenanza y que dispongan cedido por su empresa, bien sea propiedad de esta, o bien lo haya adquirido mediante la suscripción de un contrato de arrendamiento financiero (renting o leasing) siempre que esté autorizado por la empresa para hacer uso de dicho vehículo de manera única y exclusiva fuera del horario de trabajo, extremo que deberá acreditar fehacientemente. Para ello deberá presentar junto con el resto de documentación que se señala en este artículo:
- Documento suscrito por el representante legal de la empresa en el que se acredite que el solicitante es el único y exclusivo usuario del vehículo, y que está autorizado para disponer del vehículo fuera del horario de trabajo.
- Fotocopias compulsadas del CIF de la empresa y del DNI del representante legal de la misma. En ningún caso se otorgará más de una tarjeta por vehículo.
- Las personas físicas que dispongan de vehículos en modalidad de renting o leasing siendo necesario aportar la siguiente documentación:
- Fotocopia compulsada del pago del último recibo del IVTM
- Fotocopia compulsada del permiso de circulación del vehículo para el que se solicita el alta de residente.
- Estar al corriente en el pago de sus obligaciones tributarias y no tributarias con el Ayuntamiento de Majadahonda (este será comprobado de oficio por los servicios municipales).
- Fotocopia compulsada de documentación acreditativa del contrato de arrendamiento financiero.
* Para la obtención de la acreditación de vehículos para residentes ya no será necesaria la tarjeta/pegatina impresa una vez abonada la tasa.
Tipos de tarjetas de residente
- Tarjeta anual: Tarjeta anual para el establecimiento de vehículo residente y con validez de un año natural: 34,65 €.
El importe podrá ser prorrateado por trimestres naturales, incluyendo aquél en el cual se produjo la solicitud como vehículo residente.
- Residente ocasional: mismos requisitos, pero paga la tasa del parquímetro cuando lo usa.
Tarifa: 0,25 € (media jornada mañana o media jornada tarde)
Tarifa: 0,35 € (jornada completa)
- Tarjetas comerciantes:
- ¿Quién la puede solicitar?
- Personas físicas y jurídicas de actividad comercial minorista, con necesidades de distribución y/o suministro comercial con vehículo.
- El vehículo deberá estar a nombre de la empresa solicitante o persona física titular del negocio en el caso de ser autónomo.
- Empresa situada en el término municipal de Majadahonda y ubicada en zona regulada.
- No tener sanciones firmes en materia de tráfico pendientes de pago.
- Situación del local en planta baja.
- No compatible con tarjeta de residente.
- Una única tarjeta por comercio.
- Documentación a aportar:
- Solicitud cumplimentada con teléfono de contacto actualizado.
- Declaración jurada en la que se indica que el vehículo es necesario para favorecer las necesidades especiales de suministro del comercio.
- Fotocopia compulsada* del NIF (si el solicitante es persona física) o Fotocopia compulsada* de Escritura de Constitución (si el solicitante es persona jurídica).
- Fotocopia compulsada* de la Licencia de Apertura del Comercio minorista donde figure el nombre comercial.
- Fotocopia compulsada* del pago del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.
- Fotocopia compulsada* del Permiso de Circulación.
- Fotocopia compulsada* de la Tarjeta de Inspección Técnica de Vehículo en vigor.
- Fotocopia compulsada* del último recibo del Seguro Obligatorio.
- En el supuesto de RENTING u OTRO CONTRATO SIMILAR suscrito a nombre de una empresa, se entregará copia compulsada* del contrato de arrendamiento.
- Procedimiento:
- La solicitud y la documentación deben presentarse en el Registro del Ayuntamiento.
- La compulsa se realizará en el momento de presentar la documentación, previo cotejo con el original en el Registro del Ayuntamiento.
- Vigencia:
- Año natural.
- Tasa:
– Sin limitación de horarios: 83,10 €/plaza/ año.
- Tarjetas talleres:
- ¿Quién la puede solicitar?
- Titulares de talleres de reparación de vehículos que ejerzan la actividad de reparación de vehículos en la zona objeto de regulación.
- Solo para la zona en la que esté ubicado el taller.
- Máximo de 8 autorizaciones por taller, no vinculadas a vehículo concreto con un máximo de permanencia de 72 horas por autorización.
b) Documentación a aportar:
- Solicitud cumplimentada con teléfono de contacto actualizado.
- Fotocopia Cotejada del Impuesto de Actividades Económica (IAE) en el que figure estar dado de alta como ¨reparaciones talleres¨.
- Fotocopia Cotejada de la Licencia de Actividad en la zona de regulación.
- Para las renovaciones anuales se deberá presentar declaración jurada de que el taller de reparación continúa cumpliendo los requisitos exigidos y aportar el pago del IAE.
c) Procedimiento:
- La solicitud y la documentación deben presentarse en el Registro del Ayuntamiento.
- La compulsa se realizará en el momento de presentar la documentación, previo cotejo con el original en el Registro del Ayuntamiento.
- El Ayuntamiento determinará la gestión de las autorizaciones de los talleres que llevará a cabo la empresa concesionaria.
d) Vigencia:
- Año natural.
- Tasa:
– Sin limitación de horarios: 83,10 €/plaza/ año.
